A partir del próximo domingo 7 de junio, los usuarios de los autobuses interurbanos del TIB en Mallorca podrán subir al vehículo acompañados de sus animales de compañía, siempre que viajen correctamente dentro de un transportín. La medida supone un cambio importante en la forma de entender el transporte público en la isla, acercándolo a un modelo más abierto a las mascotas.
Hasta ahora, en la red del Transporte de Illes Balears (TIB) solo estaba permitida la entrada de perros de asistencia. Con la nueva regulación, publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), se amplía el abanico de animales admitidos y se detallan las condiciones para que la convivencia dentro del autobús sea segura y cómoda para todos los pasajeros.
Qué animales podrán viajar en los autobuses del TIB

La nueva normativa aprobada por el Consejo de Administración del Consorci de Transports de Mallorca establece de forma clara qué tipo de mascotas pueden acceder al bus. Se permitirá el acceso de:
- Perros considerados animales de compañía.
- Gatos domésticos.
- Hurones, siempre que sean animales de compañía registrados.
- Pequeñas aves no de corral, como pájaros domésticos que se transporten en su jaula o caja adecuada.
En todos los casos, la condición imprescindible es que el animal viaje dentro de una cesta de transporte, jaula o transportín adecuado, que permanezca cerrado durante todo el trayecto y que el comportamiento de la mascota no suponga un riesgo ni una molestia para el resto de personas usuarias.
Por el contrario, la regulación prohíbe de forma expresa el acceso con animales exóticos como reptiles, arañas o insectos. Este tipo de especies queda totalmente excluido por motivos de seguridad, higiene y por la posible incomodidad que pueden generar al resto del pasaje.
Condiciones para viajar con mascotas: transportín y ubicación

Más allá de qué animales pueden subir, la nueva regulación del TIB fija una serie de condiciones muy concretas sobre cómo deben viajar las mascotas. La más importante es el uso obligatorio del transportín o cesta de transporte, que debe ser resistente, estar bien cerrado y permitir que el animal vaya cómodo y ventilado.
La norma también marca un límite claro: solo se admite un transportín por persona usuaria. Es decir, cada pasajero podrá llevar únicamente un animal de compañía o un único contenedor con sus mascotas, siempre respetando las dimensiones y el buen estado del recipiente.
En cuanto a la colocación del transportín dentro del autobús, la regulación indica que no puede ocupar un asiento en ningún caso. El contenedor debe situarse en el suelo, a los pies de la persona que viaja con el animal, o bien sobre sus piernas, siempre que no invada el espacio de otros pasajeros ni obstruya pasillos o salidas de emergencia. La correcta colocación del transportín dentro del autobús contribuye a la accesibilidad y la movilidad sostenible.
La presencia del animal no debe suponer un peligro ni una incomodidad para nadie. Esto implica que, si la mascota ladra de forma continuada, genera olores muy fuertes o muestra signos de agresividad, el personal del servicio podría intervenir para garantizar la seguridad y el bienestar del resto de usuarios. En casos de dudas sobre comportamiento y convivencia, puede consultarse información práctica sobre cómo viajar con perros en autobuses y espacios.
La Conselleria de Vivienda, Territorio y Movilidad recuerda que estas condiciones buscan compatibilizar el derecho a viajar con animales de compañía con el deber de mantener un entorno agradable y seguro en el transporte público, de manera que todos los viajeros se sientan cómodos al compartir espacio con mascotas.
Excepción para perros de asistencia: acceso sin transportín
La nueva normativa mantiene y refuerza el estatus especial de los perros de asistencia, que continuarán accediendo al autobús sin necesidad de utilizar transportín. Estos animales están considerados un apoyo imprescindible para muchas personas con discapacidad y, por tanto, se regulan de forma diferenciada.
Para poder beneficiarse de este régimen especial, el perro de asistencia deberá estar inscrito en un registro oficial reconocido por un organismo competente. Al subir al autobús, la persona usuaria tendrá que enseñar al conductor o conductora el carné o acreditación emitido por la administración pública correspondiente. La regulación toma en cuenta las reivindicaciones sobre el acceso sin trabas de los perros guía, como recogen iniciativas sobre los derechos de los perros guía.
Este requisito documental permite verificar que el animal está formado y autorizado como perro de asistencia, garantizando así que se trata de un acompañante entrenado para comportarse correctamente en espacios públicos y medios de transporte.
Las autoridades autonómicas subrayan que la entrada de estos perros sigue siendo prioritaria y que no se les exige transportín, bozal específico ni condiciones adicionales más allá de las ya fijadas en la normativa sobre perros de asistencia, respetando los derechos de las personas que dependen de ellos en su día a día.
Tramitación, entrada en vigor y otras normas relacionadas
La regulación que permite a los animales de compañía viajar en los autobuses interurbanos del TIB fue publicada en el BOIB un mes antes de su entrada en vigor. De este modo, la fecha efectiva marcada es el domingo 7 de junio, en cumplimiento del plazo previsto desde su aprobación oficial.
El texto normativo no se limita a las mascotas: también desarrolla con mayor detalle las condiciones para transportar equipaje de mano, maletas, bicicletas, cochecitos infantiles y otros bultos. El objetivo es ordenar el uso del espacio disponible en el interior del autobús y evitar conflictos entre usuarios.
Asimismo, el documento recuerda las normas básicas de convivencia a bordo, insistiendo en pautas como ceder el asiento a personas con movilidad reducida, evitar comportamientos que alteren la tranquilidad del viaje y respetar tanto al personal del servicio como al resto de pasajeros.
La propuesta inicial de este nuevo reglamento se dio a conocer meses atrás, cuando se inició la tramitación con un periodo de exposición pública. Durante ese tiempo, la normativa fue analizada y debatida en distintos foros: ponencias de usuarios, reuniones con operadores de transporte y sesiones en el Consell Balear de Transports.
El texto definitivo incorpora aportaciones de entidades como el IBDona y asociaciones de personas con discapacidad, entre ellas ASPAYM. Su participación ha servido para ajustar la regulación a las necesidades de colectivos especialmente sensibles, de forma que la apertura del transporte a las mascotas no suponga una barrera añadida para nadie.
Con esta modificación, el servicio de autobuses interurbanos de Mallorca da un paso significativo hacia un modelo más inclusivo y adaptado a la realidad de muchos hogares, donde las mascotas forman parte de la familia. La posibilidad de viajar con animales de compañía, sujeta a unas reglas claras, pretende facilitar los desplazamientos cotidianos sin dejar de lado la seguridad, la accesibilidad y la convivencia dentro del transporte público.
