Ley de Bienestar Animal: qué pasa con los perros en terrazas y balcones

  • La Ley de Bienestar Animal prohíbe mantener de forma habitual a perros en terrazas, balcones, patios o vehículos
  • Dejar a un perro sin supervisión más de 24 horas se considera infracción y puede acarrear sanciones
  • Las multas por incumplir la norma van de 500 a 200.000 euros según la gravedad
  • La ley busca evitar el maltrato, el abandono encubierto y la tenencia irresponsable de animales

perro en terraza y ley de bienestar animal

Desde que entró en vigor la Ley de Bienestar Animal en España, una de las dudas más habituales entre los dueños de perros es si pueden tenerlos en la terraza o en el balcón de casa. Lo que para muchos parecía una simple costumbre de dejar al animal al aire libre, la normativa lo mira ahora con lupa y, en determinados casos, lo considera una infracción grave.

Aunque la norma comenzó a aplicarse en 2023, todavía hay bastantes personas que no han terminado de asimilar qué se permite y qué no. Y aquí es donde surge la pregunta clave: ¿es legal tener un perro en la terraza de forma habitual o se considera una forma de maltrato o abandono encubierto? La respuesta está en varios artículos de la Ley 7/2023 y en su régimen sancionador, que prevé multas importantes.

Qué dice exactamente la Ley de Bienestar Animal sobre terrazas y balcones

La normativa estatal, la Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales, se centra en garantizar que los animales de compañía vivan en condiciones adecuadas de bienestar, seguridad e higiene. Dentro de esa idea general, dedica especial atención a los lugares donde pueden permanecer de forma habitual perros y gatos.

De manera muy clara, la ley recoge que está prohibido mantener de forma permanente a perros o gatos en terrazas, balcones, azoteas, patios, trasteros, sótanos, espacios similares o vehículos. Es decir, estos espacios no pueden convertirse en el lugar donde el animal vive de manera continuada, aislado del resto de la casa o expuesto a la intemperie.

Esta conducta aparece recogida como una infracción grave dentro del régimen sancionador. En el articulado se menciona expresamente que mantener de forma habitual a los animales en este tipo de ubicaciones, sin las condiciones adecuadas, supone vulnerar las obligaciones básicas de bienestar que asume cualquier persona que convive con un perro o un gato.

La filosofía de la norma es clara: las terrazas o balcones pueden usarse como zona de paso, juego o descanso puntual, pero no pueden ser el “sitio fijo” del perro. El animal debe tener acceso a un espacio interior donde esté protegido del frío, el calor extremo, la lluvia y el ruido, y donde pueda relacionarse con las personas con las que vive.

ley bienestar animal perros en balcon

¿Está totalmente prohibido que el perro salga a la terraza?

La ley no impide que el animal salga a la terraza, al balcón o al patio de forma puntual. Lo que se sanciona es que ese espacio se convierta en su residencia permanente, sin supervisión y sin condiciones adecuadas. Es decir, no es lo mismo que el perro salga a tomar el aire un rato que tenerlo todo el día o toda la noche fuera.

En la práctica, se permite que el perro use estos espacios siempre que el tutor garantice acceso constante a agua fresca, sombra, refugio frente a la lluvia y temperaturas extremas, y, sobre todo, que exista una supervisión razonable. Si el animal vive aislado en la terraza, rodeado de ruidos, sin estímulos y sometido al sol o al frío, la situación puede considerarse maltrato o abandono encubierto.

La normativa estatal viene a reforzar lo que muchas comunidades autónomas ya preveían en sus propias leyes. Normas como la de Andalucía, por ejemplo, ya obligaban a proporcionar un alojamiento adecuado y a proteger a los animales frente a la intemperie. La ley nacional reduce el margen de interpretación y deja menos espacio a las excusas cuando se detectan casos de perros que viven de forma continua en balcones o patios.

Además, el hecho de que un perro “aguante” en la terraza no implica que sea legal ni recomendable. La Ley de Bienestar Animal pone el acento en la convivencia responsable: los animales de compañía no son alarmas ni adornos, sino seres con necesidades físicas, emocionales y sociales que deben ser atendidas.

Límite de tiempo que puede estar un perro solo y sin supervisión

Relacionado con el uso de terrazas y balcones aparece otro punto que genera mucha confusión: el tiempo máximo que un perro puede permanecer sin supervisión. La ley introduce límites concretos que muchos propietarios desconocen y que pueden provocar sanciones si se sobrepasan.

La norma establece, con carácter general, que no se puede dejar sin supervisión a ningún animal de compañía más de tres días seguidos. Sin embargo, en el caso de los perros, el criterio es mucho más estricto: para la especie canina, ese plazo no puede superar las 24 horas consecutivas.

Esto significa que, legalmente, un perro no puede pasarse más de un día entero solo sin que nadie compruebe su estado. No basta con que tenga comida y agua; el concepto de supervisión implica atención, vigilancia y la posibilidad de actuar si el animal se encuentra mal, se hace daño o aparece cualquier problema.

Si, además de estar solo, el perro permanece encerrado en una terraza o un balcón durante largos periodos, la situación se agrava. La administración puede entender que se dan varios incumplimientos a la vez: falta de supervisión, condiciones inadecuadas de alojamiento y posible maltrato. En esos casos, el riesgo de sanciones elevadas aumenta.

perro solo en balcon normativa

Multas por tener al perro en la terraza o dejarlo solo demasiado tiempo

La Ley de Bienestar Animal recoge un régimen sancionador escalonado en tres niveles: infracciones leves, graves y muy graves. Dependiendo de la situación concreta, las sanciones pueden ser considerablemente elevadas.

Las infracciones leves se sancionan con multas de entre 500 y 10.000 euros. En este grupo se incluyen, por ejemplo, conductas como no comunicar la pérdida de un animal o incumplir determinadas obligaciones de registro e identificación.

Las infracciones graves contemplan multas que van desde 10.001 hasta 50.000 euros. Aquí se encuadran situaciones como el abandono de animales, la falta de identificación correcta, el uso de métodos agresivos de educación, la mutilación sin justificación veterinaria o el mantenimiento de perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, patios, trasteros, sótanos, espacios similares o vehículos de forma permanente.

En el escalón superior se encuentran las infracciones muy graves, con sanciones económicas de entre 50.001 y 200.000 euros. Este nivel está reservado para supuestos de especial gravedad, como el maltrato con resultado de muerte, el uso de animales para peleas o la cría y comercio irregular de perros, gatos y hurones, por ejemplo, a través de tiendas cuando la ley lo prohíbe.

La cuantía concreta de la multa se decide valorando factores como el daño causado al animal, la duración de la situación, la reiteración de la conducta, la colaboración del responsable o la existencia de un sufrimiento evidente. Mantener a un perro en la terraza día y noche, expuesto al calor o al frío intenso, suele encajar en las conductas graves, pero puede escalar si se demuestra un maltrato continuado, como en la operación contra el maltrato animal en Cádiz.

Otras obligaciones clave de la Ley de Bienestar Animal para los dueños de perros

Más allá de la cuestión de las terrazas y balcones, la ley configura un nuevo marco general para la tenencia responsable de animales de compañía. Afecta sobre todo a perros, gatos y hurones, aunque también introduce reglas sobre colonias felinas y animales silvestres en cautividad.

Entre los cambios más comentados se encuentra la futura obligatoriedad de realizar un curso para poder tener mascota y la obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil para los perros. Ambos requisitos están previstos en la ley, pero todavía dependen de un desarrollo reglamentario definitivo que concrete su contenido y cómo se aplicarán en la práctica.

La norma también regula la venta de perros, gatos y hurones. A partir de su entrada en vigor, estos animales solo pueden venderse directamente desde la persona criadora registrada, sin intermediarios, y siempre con un contrato de compraventa por escrito. Además, no se permite la venta de animales que no estén previamente identificados de manera correcta.

En paralelo a la legislación estatal, hay que tener en cuenta que las comunidades autónomas y los ayuntamientos pueden establecer reglas adicionales. Por ejemplo, algunos municipios fijan un límite al número de animales que se pueden tener en una vivienda sin autorización específica, como ocurre en Madrid con el tope de cinco perros o gatos. Esto no afecta directamente al tema de las terrazas, pero sí al conjunto de obligaciones del propietario.

En cualquier caso, la idea que subyace a toda la regulación es que los animales dejan de ser vistos como simples objetos y pasan a ser sujetos de especial protección, lo que obliga a replantear muchas prácticas que antes se consideraban normales, como dejarlos largas horas en un balcón o utilizarlos solo como elemento disuasorio frente a robos.

perro en terraza cumpliento ley

Con la actual Ley de Bienestar Animal sobre la mesa, tener un perro en la terraza ya no es una cuestión de costumbre, sino de cumplir o no con una serie de obligaciones legales. La normativa no impide que la mascota salga a balcones, patios o azoteas, pero sí pone límites claros: no puede vivir allí de forma habitual, no puede estar sola más de 24 horas seguidas sin supervisión y debe disponer siempre de condiciones adecuadas de bienestar. Quien ignore estas reglas se arriesga a multas que pueden superar con creces los 10.000 euros, además de posibles responsabilidades por maltrato o abandono, por lo que conviene revisar cómo se convive con el animal para evitar situaciones problemáticas.

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